Centro homologado por el Servicio Público de Empleo Estatal para impartir esta formación mediante teleformación, con número de registro 8000000146. Formación Center, es la marca de la Primera Telecomunicación, S.L. (LaPrimera.net) desde la que trabajamos todos los días para haceros llegar y facilitar la formación.
Algunas personas piensan que la formación no es importante y no le dan ningún valor.
ADVERTENCIA IMPORTANTE: Si perteneces a este grupo de personas, por favor no sigas leyendo, este contrato no es para ti !!
Vamos a exponer a continuación los beneficios que los contratos de formación y aprendizaje tienen tanto para la empresa como para el trabajador.
Para la empresa que contrata:
- La empresa puede tener un ahorro de hasta el 50% en costes salariales.
- El coste de los seguros sociales es 0. (Ver apartado de requisitos)
- Formación bonificada la 100%.
- Bonificación extra por la tutorización del empleado por parte de la empresa, entre 60 y 80 euros al mes (variará en función del volumen de plantilla que tenga la empresa).
- Si una vez finalizado el contrato, lo transformas en indefinido, recibirás una bonificación de 1.800€ si es mujer y 1.500€ si es hombre, anuales durante 3 años.
Para el trabajador:
- Tiene derecho a todas las prestaciones de la seguridad social, como desempleo, fogasa, etc.
- Tiene pagada una formación oficial, reglada y homologada.
- Una vez superada la formación del Certificado de Profesionalidad, se expedirá por la autoridad competente el título oficial que le va a permitir ejercer la profesión certificada tanto en España como en el resto de Europa.
Si tu empresa está en Andalucía, puedes tener una ayuda extra de 4800 euros (Haz clic para saber cómo)
Por pensar que la formación es importante.
Por tu esfuerzo en la lucha por el gran problema actual: “el paro”.
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En el documento PDF encontrarás las indicaciones necesarias para que lo rellenes de una forma muy cómoda.
Una vez lo tengas relleno debes enviar la información por email a la dirección formacion@laprimera.net ó Imprime el documento y mándalo por fax al número 911 018 788
- Que no tengan cualificación para el puesto de formación, es decir, que la formación que tenga el trabajador sea distinta a la que se va a obtener con el certificado de profesionalidad y en la que va a trabajar. Ej. Se puede contratar a un informático para formarlo en la gestión de ventas y que trabaje de vendedor.
- Que su edad esté comprendida entre los 16 y 30 años. (Sin límite de edad para personas con discapacidad, colectivos de exclusión social en empresas de inserción y alumnos de Escuelas-Taller, Casas de Oficio Talleres de Empleo y Programas de Empleo-Formación).
- Muy importante un compromiso del trabajador de realizar la formación.
- Estar al corriente en el pago de la Seguridad Social y Hacienda.
- El trabajador que selecciones debe estar inscrito como demandante de empleo.
- El trabajador contratado, no ha estado vinculado a la empresa por un contrato indefinido en los 24 meses anteriores.
- El trabajador contratado, no ha tenido en nuestra empresa un contrato temporal en los últimos 6 meses
- El trabajador contratado, en los últimos 3 meses no ha estado contratado en otra empresa por un contrato indefinido.
- La empresa no debe estar excluida por infracciones muy graves no prescritas.
- No haber despedido de forma improcedente, reconocida judicialmente, o colectiva a un trabajador con contrato bonificado.
PROBLEMA: Que ya los seguros sociales serán de 98,94 €/mes (sigue siendo muy buena opción) y además recuerda que bonificarás de ellos los 80€ ó 60 € por la tutorización.
¡NOS GUSTA FORMAR!
¿Prefieres ver un vídeo donde te cuento cuales son los requisitos? En este vídeo te explico detalladamente cuales son los requisitos tanto para la empresa como para el trabajador y te pongo algunos ejemplos para que lo entiendas a la perfección.
(*) Hasta que la tasa de desempleo del país se sitúe por debajo del 15%.
Recuerda que sólo se pueden hacer 2 prórrogas, por lo que si os gusta el trabajador y queréis seguir teniendo los beneficios de este contrato, lo ideal es hacer el primer contrato de 1 año y luego dos prórrogas de 1 año cada una.
Pero si el trabajador seleccionado está apuntado a Garantía juvenil tienes la opción de acogerte durante el primer año a que trabaje el 50% y estudie el otro 50% .
Apuntarse al sistema de garantía juvenil es muy fácil, puede hacerlo en el siguiente enlace http://www.empleo.gob.es/es/garantiajuvenil/darsealta.html
Si el convenio no especifica nada, el cálculo será sobre el Salario Mínimo Interprofesional. Dicha retribución nunca podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional, haciendo el cálculo siempre en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
El Salario Mínimo Interprofesional para el año 2016 queda fijado en 21,84 euros/día o 655,20 euros/mes (Real Decreto 1171/2015, de 29 de diciembre, por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional para 2016).
Ejemplo:
Salario Mínimo Interprofesional = 655,20 €
Salario mínimo a percibir en un contrato de formación y aprendizaje es del 75% del Salario Mínimo Interprofesional = 491,40 €
Esta será la cotización por un contrato sin bonificación, que incluye como novedad el desempleo, teniendo por tanto cubierta los trabajadores dicha contingencia. Durante el 2016 será:
COTIZACIÓN POR CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE | |||
Concepto | Empresa | Trabajador | Total |
Por contingencias comunes | 30,98 € | 6,18 € | 37,16 € |
Por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales | IT: 2,38 €
IMS: 1,88€ |
4,26 € | |
Desempleo (*) | 42,04 € | 11,85 € | 53,89 € |
Fondo Garantía Salarial | 2,35 € | 2,35 € | |
Formación Profesional | 1,14 € | 0,15 € | 1,29 € |
TOTAL | 80,77 € | 18,18 € | 98,95 € |
Base mínima diaria para el año 2016: 25,47 €
Base de cotización para el año 2016 = 25,47 € x 30 días = 764,20 euros mensuales
Fuente: Seguridad Social
Bonificará en los seguros sociales el importe de la formación y después la empresa pagará al centro de formación de tal forma que como resultado el coste de la formación para la empresa y el trabajador es 0.
Recordemos que el trabajo que realiza nuestro futuro trabajador, será una ocupación en la que previamente no tenga ninguna titulación oficial.
Como parte de las ventajas del trabajador, sin ningún coste adicional en la empresa, pondremos la ocupación de su puesto, otorgando de esta forma el prestigio a la experiencia laboral del trabajador además de la concordancia con su titulación oficial que recibe por la formación.
Nosotros como centro de formación especializado en formar a nuestros alumnos en ventas, estamos homologados para impartir la teleformación en las ocupaciones de comercio y marketing, las cuales puedes descargar en PDF.
Cuando el puesto que necesitáis cubrir, sea de otro tipo, entendemos que es difícil encontrar centros homologados en teleformación y con formación abierta para comenzar cuando decidáis, por eso nos hemos preocupado de contactar con otros centros para poderos ayudar.
Si es vuestro caso, escríbenos un email a formacion@laprimera.net o llámanos al teléfono 953 82 76 81 y os buscamos el centro que pueda ayudaros.
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En el documento PDF encontrarás las indicaciones necesarias para que lo rellenes de una forma muy cómoda.
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Se trata de un certificado de profesionalidad de nivel 3, con titulación oficial, por tanto su cumplimiento está controlado directamente por la administración pública. Al finalizar cada módulo habrá que superar unos exámenes oficiales presenciales, a través de los cuales podemos ir obteniendo certificaciones parciales.
FAQ
¿Cuánto pago si no cumplo alguno de los requisitos para la reducción del 100%?
Que la seguridad social no es 0, pero si es una cuota reducida y fija
Con un total de 98,95 € de los cuales la parte de la empresa es 80,77€ y la del trabajador es 18,18€
¿Cuánto pago si mi empresa tiene más de 250 trabajadores?
Las empresas que tienen más de 250 trabajadores, no tendrán una bonificaicón del 100%, pero si una importante reducción, esto es pagará el 25% de 98,95.
¿Sobre qué base de cotización está cotizando mi trabajador?
Esta será la cotización por un contrato sin bonificación, que incluye como novedad el desempleo, teniendo por tanto cubierta los trabajadores dicha contingencia. Durante el 2016 será:
COTIZACIÓN POR CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE | |||
Concepto | Empresa | Trabajador | Total |
Por contingencias comunes | 30,98 € | 6,18 € | 37,16 € |
Por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales | IT: 2,38 €
IMS: 1,88€ |
4,26 € | |
Desempleo (*) | 42,04 € | 11,85 € | 53,89 € |
Fondo Garantía Salarial | 2,35 € | 2,35 € | |
Formación Profesional | 1,14 € | 0,15 € | 1,29 € |
TOTAL | 80,77 € | 18,18 € | 98,95 € |
Base mínima diaria para el año 2016: 25,47 €
Base de cotización para el año 2016 = 25,47 € x 30 días = 764,20 euros mensuales
Fuente: Seguridad Social
¿Qué pasa si hago un contrato de formación y aprendizaje, pero por circunstancias ajenas tengo que hacer un despido?
No pasa nada, no tendré que devolver nada, siempre y cuando no se trate de un despido improcedente.
¿Qué pasa si soy autónomo y solo tengo como empleado a una persona con el contrato de formación y aprendizaje, por lo que no pago seguros sociales?
Tendrás un saldo acreedor que la Seguridad Social te ingresará, la Seguridad Social hará un ingreso en tu cuenta del importe del saldo acreedor.
Normalmente tarda en hacer este ingreso entre 2 meses y 5 meses.
¿Puedo contratar a un informático como gestor de ventas y hacerle un certificado de profesionalidad?
¿Cuando puedo hacer el contrato?
Si es tu caso, no deseas esperar, tienes la opción de hacer un contrato normal durante ese mes y medio, y cuando recibimos la autorización, hacer el contrato de formación y aprendizaje. PERO ya no podrás bonificar el 100% de los seguros sociales, aunque si es cierto que pagarás una cuota muy reducida. (98,95 euros al mes)