Importes máximos a bonificar por hora de formación

A lo largo de este artículo vamos a ver como bonifica una empresa con los módulos económicos en la formación programada.

Los importes máximos que podemos bonificar o abonar, por hora y trabajador, depende del nivel de formación y del método de la formación (esto es formación presencial, teleformación,…), para entenderlo veamos la tabla oficial de estos módulos:

Modulos económicos en la formación para trabajadores

Teniendo en cuenta el artículo anterior donde razonábamos como cumplimos con la normativa respecto a la duración de nuestras acciones formativas, tenemos:

Duración 60 horas

Modalidad Teleformación

Por lo tanto los cálculos teóricos serían los siguientes:

60 horas de formación por 7,5 € cantidad máxima por hora que me puedo bonificar = 450 €

Sin embargo el coste que os cobramos por esta formación es de 420 €, como 420 euros es menor que 450 euros que sería la cantidad máxima, podemos bonificar esos 420 €

Hata aquí, todo bien, PERO, ¿Qué es eso de la cofinanciación obligatoria? ¿Cómo afecta a la cantidad que podemos bonificarnos en la formación programada?

OTRO EJEMPLO:

Una empresa contrata a una entidad de formación, para que realice un curso presencial en su empresa de 2 horas, para formar en unas técnicas nuevas a 5 empleados, de su empresa. ¿Cuánto puede bonificar esta empresa por formación? sabiendo que la empresa formadora le va a cobrar el mismo importe que se pueda bonificar.

Para resolver la pregunta, miramos los modulos económicos, y observamos que esta formación es presencia y de nivel superior, con lo que el coste máximo por hora y trabajador es de 13 euros.

El cálculo sería el siguiente:

5 Trabajadores * 2 horas de formación * 13 euros/hora = 130 euros

Por lo que 130 euros es el importe máximo que la empresa puede bonificar esta formación.

Suponiendo que la formación de estos trabajadores se realice en horario laboral, está cumpliendo con la cofinanciación privada sobradamente.

Sin embargo, también hay unos costes que la empresa se puede bonificar, estos son los costes de organización. Si nuestra empresa de ejemplo ha contratado a la empresa de formación que también es organizadora de cursos para la Fundación Tripartita, y a esta empresa se le encarga también la mecanizción de datos en la aplicación de la Fundación Tripartita, puede añadir a los costes de formación un 10% en concepto de costes de organización.

En nuestro caso, bonificaría:

Costes de formación…………..130 euros

Costes de organización ……..10% 130 euros

TOTAL A BONIFICAR= 130 euros + 13 euros = 146 euros.